Si creyera en el sistema judicial español me habría sentido decepcionado por la decisión del Tribunal Constitucional en relación a la Ley de Violencia de Género, según la cuál no se atenta al principio de no discriminación por razón de sexo cuando, por un mismo hecho, el hombre recibe mayor castigo que la mujer -¡si es que a quién se le ocurre ser hombre en la Era Zapatero!-. Todo esto adornado con las declaraciones de la Ministra de Igualdad (sic) diciendo que cada uno de los jueces que ha planteado un recurso de inconstitucionalidad a dicha ley ha contribuido al éxito de los maltratadores en la medida en que ha distraído con papeleo a la Justicia. Pero no he sufrido decepción ninguna. Es lo bueno que tiene ser un descreído: no alcanzaré el éxtasis, pero a cambio es difícil que se me quede cara de lelo.
Descreer
Publicado Mayo 16, 2008 ARTICULOSTags: Bibiana Aido, Ley de Violencia de Género, Ministra de Igualdad, Tribunal Constitucional, zapatero

Pues yo sí estoy decepcionado. Profundamente decepcionado. Yo sí pensaba que, por encima de ideologías y afinidades políticas, los magistrados de los altos tribunales antepondrían los criterios de sensatez, sentido común y coherencia. Por no hablar de que el Tribunal Constitucional es el garante de la Constitución, y un atentado contra la misma como el que mencionas es lo último que debería hacer su mayor defensor.
Pero hay una dificultad, aparentemente, para comprender este asunto. Hablando hace poco con una persona nada sospechosa de ser incondicional de ZP, y nada sospechosa de ninguna otra cosa que la imposibilite para enjuiciar con sensatez, me llevé la sorpresa de ser acusado de machista por oponerme a esta resolución del TC.
Voy a tratar de explicarme para que nadie piense lo que pensó esta persona.
Toda violencia, física o verbal o de cualquier otra naturaleza, debe ser perseguida. Deben ponerse los medios para que no ocurra, y si ocurre, debe castigarse con dureza. En eso estamos de acuerdo todas las personas que queremos vivir en paz y armonía.
Un insulto duele igual al que lo recibe si es hombre que si es mujer.
Un corte con una navaja sangra igual y duele igual al que lo recibe si es hombre que si es mujer.
Una pierna rota duele igual a quien la sufre si es hombre que si es mujer.
Un asesinato deja igual de muerto a un hombre que a una mujer.
La acción violenta implica un sufrimiento a la persona que es función exclusivamente de la naturaleza e intensidad del acto violento. Se puede argumentar que un puñetazo de un hombre duele más que uno de una mujer, pero es una falacia: el puñetazo no duele más o menos según quien lo asesta, sino según la intensidad del mismo. Se debe castigar más un puñetazo fuerte (lo dé quien lo dé) que uno flojo.
Por tanto, debemos concluir que el castigo del delito debe depender de la naturaleza e intensidad del mismo.
La justificación aparente de la decisión del TC se encuentra en el mismo ámbito que la especial protección que reciben los niños. Los niños son más vulnerables que los adultos, y por tanto se les debe proteger más. El TC está entendido que la mujer es como los niños, vulnerable. ¿Es verdad eso? ¿Son las mujeres más débiles que los hombres? ¿Debe tratarse de manera diferente a las débiles mujeres que a los fuertes hombres? Este razonamiento es un disparate, y parece mentira que sea la ideología progre la que lo propugne. ¡Eso está ya más que superado! ¡Estamos en la era de la igualdad, de la no discriminación! ¡Las mujeres van al ejército exactamente igual que los hombres (y el ejército es el paradigma clásico de virilidad)!
Quiero pedir a quien aún tenga dudas que haga la siguiente reflexión: usted tiene un hijo, un buen chico. Un día discute con su mujer y ella le clava un cuchillo y lo mata. ¿Les parece a ustedes que la asesina de su hijo debe recibir una condena suavecita porque es una débil mujer?
Igual que he puesto el ejemplo del asesinato, pueden imaginarse cualquier otro tipo de violencia (por ejemplo, la tortura psicológica, que también es violencia).
Pero hay más. ¿Qué pasa si una mujer agrede a otra? ¿Se aplica el criterio de que la víctima es mujer (condena dura) o de que la agresora es mujer (condena suave)? ¿Y si son dos hombres? ¿Y si son dos transexuales? ¿Qué criterio se aplica al transexual que era hombre y se ha transformado en mujer? ¿Se el trata como lo que era (hombre -> castigo duro) o como lo que es (mujer -> castigo suave)?
Todos estos absurdos a los que llegamos son consecuencia de la incoherencia de TC de aprobar una norma que discrimina por razón de sexo.
Y una cosa más quisiera decir. La forma de comunicar estos conceptos de “violencia de género”, tanto por la clase política como por los medios de comunicación, a menudo es profundamente injusta. Se habla de “tantas mujeres asesinadas por hombres”, o de “la violencia de los hombres contra sus parejas”, etc. La forma de expresarlo, generalizando “los hombres”, parece sugerir que todos los hombres somos maltratadores (en ejercicio o potenciales). ¿Por qué no se habla de “tantos asesinatos cometidos por rubios” o “tantos delitos cometidos por personas gordas”? Suena mal, ¿verdad? Parece que se criminaliza a los rubios o a las personas gordas, generalizando en función de su condición. Bueno, pues lo mismo pasa con “los hombres”.